Registra Municipio calidad de aire “Buena”

      


De acuerdo al Sistema de Monitoreo con el que cuenta el Gobierno Municipal, durante esta semana la calidad de aire es buena.
Luego de que la semana pasada el Instituto de Ecología del Estado (IEE) registrara un exceso de partículas PM10 en esta ciudad, los niveles de contaminantes desde el domingo 28 hasta este día se han mantenido dentro de los rangos promedio permitidos.
Al respecto, el director de Medio Ambiente en el Municipio, Gastón Peña, destacó que la población celayense puede realizar actividades al aire libre sin tener riesgos para su salud.
“Podemos tener un comportamiento muy normal, como hacer ejercicio y labores al aire libre sin mayor problema… son partículas de polvo, de tierra, las que se están detectando… utilizar un poquito más el transporte público y las bicicletas nos beneficia a todos”, dijo el funcionario municipal, quien añadió que el monitoreo es permanente y forma parte del programa estatal ‘Pro-Aire’, a cargo del IEE.
Además, puntualizó que la contaminación del aire no solo es por la quema intencional de pastizales, sino también por incendio de baldíos por falta de mantenimiento, así como por el polvo y tierra suelta que ‘levantan’ los automóviles al circular a exceso de velocidad por caminos de terracería.
Para contrarrestar dicha contaminación y mantener una buena calidad del aire, Peña Maldonado invitó a la ciudadanía a evitar el uso del automóvil privado durante las ‘horas pico’, planear sus recorridos y reducir la cantidad de viajes.
Además, recomendó el uso del transporte público y/o bicicleta, así como reforzar los hábitos de higiene de las vías públicas, como barrer el frente de la casa o negocio.
PÁGINA WEB (Consulta de la calidad del aire en el estado de Guanajuato)
• http://187.174.191.151/
ÚLTIMO REPORTE DE CONTAMINANTES (3 de Marzo. 7am.)
• PM10: 49.25
• 03: 34.93
• SO2: 17.86
• CO: 1.59
SEMÁFORO DE LA CALIDAD DEL AIRE
• BUENA. PM2.5 (0-29), PM10 (0-54), 03 (0-64), SO2 (0-99), NO2 (0-189), CO (0-9)
• SATISFACTORIA. PM2.5 (30-44), PM10 (55-74), 03 (65-69), SO2 (100-109), NO2 (190-209), CO (9-10)
• NO SATISFACTORIA. PM2.5 (45-89), PM10 (75-174), 03 (70-130), SO2 (111-174), NO2 (210-315), CO (11-15)
• MALA. PM2.5 (90-180), PM10 (175-274), 03 (131-184), SO2 (175-239), NO2 (316-420), CO (16-22)
• MUY MALA. PM2.5 (>180), PM10 (>274), 03 (>184), SO2 (>239), NO2 (>420), CO (>22)
ARTÍCULO 37
• “Queda prohibida la quema a cielo abierto de cualquier tipo de material o residuos sólidos o líquidos, peligrosos o no, con características CRETIB, incluyendo basura doméstica, hojarasca, hierba seca, esquilmos agrícolas, llantas usadas, plásticos y otros con fines de eliminación; así como las quemas con fines de desmonte de uso pecuario y agrícola”. De acuerdo a la Ley de Ingresos Municipal, la multa puede ser hasta por 60 salarios mínimos.